Plan de manejo ambiental del complejo Cenagoso de Chiqueros y su área de influencia en el municipio de Puerto Berrío – Antioquia
Antecedentes
- Tratado internacional de Ramsar 1971, Irán.
- Ley 357 de 1997 por la cual se adopta el convenio Internacional.
- Resolución 157 de 4 febrero de 2004 en desarrollo de la ley 357 de 1997. Medidas para garantizar el uso sostenible de humedales.
- Resolución 196 de febrero 2 de 2006 por la cual se adopta la guía técnica para la formulación de planes de manejo para humedales en Colombia.
- Elementos para diligenciar ficha Ramsar.
Galería
Competencia y deber de Las Cars
El artículo 4° de la resolución 157 de 2004, dispone en relación con el plan de manejo ambiental, que las autoridades ambientales competentes deberán elaborarlos y ejecutarlos para los humedales prioritarios de su jurisdicción, los cuales deberán partir de una delimitación, caracterización y zonificación para la definición de medidas
El mismo artículo ordena, que las autoridades ambientales que a la fecha de la entrada en vigencia de la mencionada resolución hayan formulado o implementado planes de manejo en humedales de su jurisdicción, deberán complementarlos o actualizarlos con base en lo establecido en dicha resolución y en la guía técnica que para el efecto determine el Ministerio; El artículo 11 de la resolución mencionada, establece el plazo máximo para las CARS de formular los PMA para los humedales prioritarios dentro de los veinticuatro (24) meses siguientes a la expedición de la Guía Técnica.
Documentos del proyecto: